Protegemos sus derechos fundamentales de manera ágil y efectiva cuando son vulnerados por particulares o por el Estado.
La acción de tutela es un mecanismo constitucional creado por el Artículo 86 de la Constitución Política de Colombia para proteger de manera inmediata los derechos fundamentales de las personas cuando estos son vulnerados o amenazados por cualquier autoridad pública o por particulares.
Es un proceso breve, sumario y preferente, que puede interponerse en cualquier momento y sin necesidad de abogado, aunque contar con asesoría legal aumenta significativamente las posibilidades de éxito. El juez debe resolver la tutela en un plazo máximo de 10 días hábiles.
Nuestra firma tiene amplia experiencia en la interposición y seguimiento de acciones de tutela, logrando fallos favorables en casos de salud, educación, vivienda, debido proceso, igualdad y otros derechos fundamentales.
Interponemos tutelas para garantizar el acceso a medicamentos, cirugías, tratamientos y servicios médicos.
Defendemos el derecho a la educación frente a negativas de matrícula, cobros indebidos o exclusiones.
Actuamos contra entidades públicas que vulneren sus derechos fundamentales.
Protegemos su derecho a un juicio justo y a la defensa en procesos judiciales o administrativos.
Defendemos los derechos de niños, adultos mayores, personas con discapacidad y comunidades indígenas.
Nuestro equipo actúa con celeridad para que su tutela sea interpuesta en el menor tiempo posible. El proceso incluye:
Le mantenemos informado en cada etapa y le explicamos el significado de cada decisión judicial. Nuestro objetivo es que usted recupere la plenitud de sus derechos.
Es un mecanismo constitucional para proteger derechos fundamentales vulnerados o amenazados por autoridades públicas o particulares.
Cualquier persona, directamente o a través de un representante legal. También puede ser interpuesta por el Defensor del Pueblo o por un agente oficioso.
Cuando sus derechos fundamentales están siendo vulnerados o hay una amenaza inminente de vulneración. No hay plazo, pero debe hacerse mientras persista la vulneración.
Ante cualquier juez de la República (penal, civil, laboral, contencioso-administrativo) o ante la autoridad que determine la ley. También puede presentarse de manera virtual.
El juez debe resolver en un plazo máximo de 10 días hábiles. En casos urgentes, puede resolver en 48 horas.
Se puede interponer un recurso de impugnación ante el superior jerárquico del juez. También existe la posibilidad de solicitar la revisión ante la Corte Constitucional.
No es obligatorio, pero es altamente recomendable para aumentar las posibilidades de éxito y para que el recurso esté bien fundamentado.
Protege todos los derechos fundamentales: vida, salud, educación, vivienda, debido proceso, igualdad, honra, intimidad, entre otros.
Sí, cuando el particular actúe en condiciones de subordinación o cuando preste servicios públicos.
La interposición de la tutela es gratuita, pero los gastos de asesoría legal pueden variar según la complejidad del caso.
Recibimos su consulta y evaluamos su situación.
Analizamos la vulneración y recopilamos pruebas.
Preparamos la acción de tutela con argumentos sólidos.
Interponemos la tutela ante el juez competente.
Hacemos seguimiento hasta la decisión final.
Si es necesario, interponemos recursos para asegurar el cumplimiento.
No espere a que la vulneración sea irreversible. Contáctenos hoy y actuaremos de inmediato.
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